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La Oficina Judicial

Qué es la Oficina Judicial

La Oficina Judicial es la organización de carácter instrumental que sirve de soporte y apoyo a la actividad jurisdiccional de jueces, juezas y tribunales, y que se está implantando progresivamente en los partidos judiciales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

La Oficina Judicial se compone ahora de dos tipos de unidades:  las Unidades Procesales de Apoyo Directo (UPAD), que asisten a los jueces y juezas en el ejercicio de las funciones que le son propias, y los Servicios Comunes Procesales (SCP), que, sin estar integrados en un órgano judicial concreto, asumen labores centralizadas de gestión y apoyo en actuaciones derivadas de la aplicación de las leyes procesales. El Gobierno Vasco ostenta la competencia para crear, diseñar y organizar los servicios comunes procesales.

Infórmate sobre

Con la nueva Oficina Judicial se pretende que los servicios prestados por la Administración de Justicia sean ágiles, eficaces, eficientes y de calidad y para ello se llevarán a cabo actuaciones dirigidas a homogeneizar el modo de proceder en los diferentes partidos judiciales, mejorar la gestión de las personas, acortar los plazos en la provisión de servicios y promover el trabajo en equipo, la planificación, el seguimiento y el control de la prestación de los servicios, la mejora continua de los servicios y la atención adecuada tanto a los agentes implicados en los procesos como a la ciudadanía.

La Oficina Judicial organizada en Unidades Procesales de Apoyo Directo (UPAD) y en Servicios Comunes Procesales (SCP) se ha ido implantando en todos los partidos judiciales de Euskadi desde el año 2011.

La nueva Oficina Judicial ya se ha desplegado en trece de los catorce partidos judiciales de Euskadi. La próxima implantación de este modelo en Bilbao culminará el proceso de modernización de este servicio público esencial, que Euskadi lidera a nivel estatal.

El Órgano Superior, compuesto por la Consejera y / o la Viceconsejera, tiene como función liderar el Plan Organizativo.

Dentro del ámbito territorial de la CAPV existen dos órganos:

  • Órgano de Seguimiento y Evaluación, encargado de conocer los informes relativos al Plan Organizativo. 
  • Equipo de Gestión del Cambio, que se encarga de consensuar el Plan de implementación de la nueva Oficina Judicial en los partidos judiciales de la CAPV; informar a los Equipos de Implantación sobre las decisiones adoptadas; conocer y, en la medida de lo posible, informar sobre las cuestiones planteadas por los Equipos de Implantación; evaluación continuada de experiencias piloto y de implantaciones.

Con ámbito territorial en cada Territorio Histórico existen:

  • Equipos de Implantación: Álava, Bizkaia, Gipuzkoa, cuyas funciones son las de conocer decisiones del Equipo de Gestión del Cambio; realizar contribuciones, sugerencias o propuestas al Equipo de Gestión del Cambio; tratar las cuestiones prácticas de la implantación de la NOJ en los partidos judiciales de su Territorio Histórico; informar a los Grupos de Mejora sobre las decisiones adoptadas; conocer y, en la medida de lo posible, informar sobre las cuestiones planteadas por los Grupos de Mejora.

Dentro de cada Partido Judicial existe una:

  • Comisión de Coordinación y Mejora, encargada de definir las posibles actuaciones de mejora; detección de fallos, disfunciones o aspectos susceptibles de mejora en el despliegue de la nueva Oficina Judicial en el partido judicial; elevar propuestas a los Equipos de Implantación de su Territorio Histórico y al Equipo de Gestión del Cambio; promover la introducción de mejoras y su aplicación en la práctica; realizar el seguimiento de las medidas aplicadas, analizar sus resultados y actuar en consecuencia.

 

 

En Legegunea (abre en nueva ventana), el portal de la normativa vasca, puedes consultar tanto las Resoluciones que determinan la organización detallada de la nueva oficina judicial en cada partido judicial implantado, como las Órdenes de creación de los Servicios Comunes Procesales y sus normas básicas de funcionamiento.

La Oficina Judicial se compone de dos tipos de unidades:

Los servicios comunes procesales, que pueden ser de tres tipos: 

- Generales: se encargan del registro y reparto, de los actos de comunicación y de otras funciones de carácter general.
- De Ejecución: se encargan de recibir y tramitar los expedientes judiciales para la ejecución de una resolución.
- De Ordenación del Procedimiento: se encargan de la tramitación de asuntos judiciales hasta sentencia o resolución definitiva firme del procedimiento judicial.

Estos tres tipos de servicios comunes procesales únicamente existirán en las tres capitales y en Barakaldo, mientras que en los demás partidos judiciales, atendiendo a criterios de utilización racional de los recursos disponibles, se fusionan en uno o en dos Servicios Comunes Procesales.

Cada SCP está formado por:

  • Un letrado o letrada de la Administración de Justicia que asumirá la dirección.
  • Una o varias personas gestoras responsables.
  • Un número limitado de personal funcionario del Cuerpo de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial. El personal de Auxilio Judicial está destinado normalmente en el servicio común procesal general.
  • También puede haber otros letrados o letradas de la Administración de Justicia para el desempeño de funciones procesales. 

Las Unidades Procesales de Apoyo Directo (UPAD), que asisten a jueces y juezas en el ejercicio de las funciones que les son propias.

Cada UPAD está compuesta por:

Para asegurar el éxito de la implantación de la nueva Oficina Judicial, se han llevado a cabo diferentes acciones formativas:

- Formación para todo el personal en conceptos organizativos de la nueva Oficina Judicial, en legislación procesal y en trabajo en equipo.
- Formación específica para personal gestor responsable relativa a las funciones del liderazgo que deben llevar a cabo.

Los servicios comunes procesales de Euskadi están además enmarcados en un sistema de gestión de la calidad diseñado al efecto.