Menú
Buscar
Justizia.eus
  • Buscar
Euskadi.eus

Justicia en Europa

La Justicia en Europa

La Unión Europea tiene un sistema legislativo concebido para ayudar a las personas particulares y a las empresas en los litigios transfronterizos. Este es el objetivo de los nuevos instrumentos procesales destinados a simplificar el cobro de las deudas transfronterizas.

¿Alguna vez has comprado algo por Internet de otro país de la Unión Europea y nunca te ha llegado? Son muchos los ejemplos de casos en los que podrías poner una denuncia. Pero, ¿cómo actuar si la persona o comerciante que quieres denunciar está en otro Estado miembro?

La Unión Europea aplica un conjunto de leyes sobre asuntos civiles y comerciales, no casos penales, de Derecho familiar o concursal, ni conflictos de herencias.

Infórmate sobre

Acudir a los tribunales puede provocar tensión, pérdida de tiempo y gastos de dinero. Antes de hacerlo, trata de resolver el conflicto amistosamente o piensa en la posibilidad de una solución alternativa de conflictos, o de acudir a un mediador o mediadora. 

Si esto falla, asegúrate de que conoces el nombre y la dirección de la persona que deseas denunciar y trata de averiguar si dispone de bienes para pagar su reclamación, pues, si no, no tiene sentido litigar. 

Más información sobre la solución alternativa de conflictos en la Red Judicial Europea (RJE).

El Reglamento 1214/2012 de la UE establece normas para decidir qué tribunales son competentes en asuntos transfronterizos. Es imprescindible saber dónde debe interponerse el caso. Lo normal es que los órganos competentes sean los tribunales del Estado miembro en que reside la persona demandada o en que tiene su domicilio legal la empresa.

Con vistas a simplificar y agilizar los procesos transfronterizos y facilitar la ejecución de una demanda frente a una persona demandada que resida en otro Estado miembro, la UE ha acordado los siguientes procedimientos: 

  1. El proceso monitorio europeo (Reglamento 1896/2006)

    Dicho procedimiento solo se aplica en las reclamaciones de dinero a alguien que no niega deber la suma en cuestión. Es lo que se conoce como «crédito pecuniario no impugnado». El procedimiento se apoya en formularios modelo que debe cumplimentar la persona demandante. Están disponibles, junto con una abundante información, en todas las lenguas de la UE en el sitio de Internet del Atlas Judicial Europeo en materia civil.

     

  2. El título ejecutivo europeo (Reglamento 805/2004)

    El título ejecutivo europeo es un certificado que acompaña a una resolución judicial nacional, una transacción judicial o un documento público con fuerza ejecutiva que autoriza su ejecución en otro Estado miembro

    El procedimiento se aplica también a las demandas frente a alguien que no impugna el crédito, cuando un juez o jueza nacional ha declarado la existencia de la deuda en cuestión. 

    Para solicitar el título ejecutivo debe normalmente acudirse al órgano jurisdiccional que dictó resolución sobre el caso y satisfacer los requisitos nacionales del Estado miembro de que se trate. 

    En este procedimiento, la demanda se considerará no impugnada si la persona demandada la hubiere aceptado en sala, en transacción ratificada por un tribunal o en documento auténtico, o cuando no la hubiere impugnado o, si lo hubiere hecho en un primer momento, no hubiere comparecido ante el tribunal (admisión tácita). 

    Más información y documentación a presentar en el Atlas Judicial Europeo en materia civil.

     

  3. El proceso europeo de escasa cuantía (Reglamento 861/2007)

    Este procedimiento se aplica en las demandas transfronterizas cuyo valor no exceda de 5.000 euros, intereses aparte. Se trata normalmente de un procedimiento escrito, apoyado en un formulario modelo que debe cumplimentar la persona demandante y que puede impugnar la persona demandada. 

    Dispones de toda la información y los formularios requeridos en el Atlas Europeo en materia civil.

¿Tu demanda es inferior a 5.000 euros? En tal caso, piensa en la posibilidad de recurrir al procedimiento de escasa cuantía

No obstante, si no prevés que la persona deudora impugne la demanda, puedes también recurrir al título ejecutivo europeo o al procedimiento monitorio europeo. Es importante recordar que el proceso monitorio europeo se inicia como procedimiento nacional (cuando ya hay una resolución judicial contra alguien) y se convierte después en procedimiento europeo, facilitando la ejecución de la sentencia en un Estado miembro distinto. Por el contrario, el título ejecutivo europeo es un procedimiento europeo desde el principio

Si se emprende una acción contra alguien de otro Estado miembro, será más fácil recurrir al proceso monitorio europeo, pues el demandante podrá disponer de formularios e información en su propia lengua. Si ya se ha dictado resolución contra alguien, lo mejor quizás sea el título ejecutivo europeo.