Libro de familia
El Libro de familia es un documento que ha dejado de emitirse en los Registros Civiles. Actualmente, esta información se facilita mediante los certificados literales de nacimiento, matrimonio o defunción.
Puedes consultar toda la información o solicitar cualquiera de estos certificados dentro de la Sede judicial electrónica en el apartado Certificados del Registro Civil.
Infórmate sobre
- Registro Individual
- Ya no es necesaria cita previa para gestiones con el Libro de Familia
- Me solicitan información contenida en el Libro de Familia
- Quiero actualizar el Libro por nuevo nacimiento, matrimonio o defunción
- Ley 20/2011 del Registro Civil
Registro Individual
La nueva Ley del Registro Civil ha diseñado un Registro Civil único para toda España, informatizado y accesible electrónicamente. El nuevo modelo, en la búsqueda de una mayor simplicidad y eficiencia del sistema, ha creado un registro individual para cada persona prescindiendo del Libro de Familia.
Consecuentemente, cada persona tendrá un registro individual personal en el que constarán los hechos y actos relativos a la identidad, estado civil y demás circunstancias inscribibles relativos a su persona. El registro individual se abrirá con la inscripción de nacimiento o con el primer asiento que se practique, y se le asignará un código personal. En dicho registro se inscribirán o anotarán, continuada, sucesiva y cronológicamente, todos los hechos y actos que tengan acceso al Registro Civil.
En definitiva, el Registro Civil se convierte en un registro de las personas. Esto es, en una sola página podrás encontrar toda la información que el Registro Civil publica sobre una persona: fecha de nacimiento, si se casó, si hizo capitulaciones, si se divorció, si tuvo hijos y cuántos tuvo, cuándo falleció…
No es posible acceder desde tu ordenador a tu registro individual. Si necesitas información sobre los hechos que obran en tu registro individual puedes acercarte al Registro Civil o solicitar online un certificado de nacimiento, matrimonio o defunción.
Ya no es necesaria cita previa para gestiones con el Libro de Familia
Ya no se expiden ni se duplican Libros de Familia, por lo que no necesitas solicitar cita previa para ninguna gestión relacionada con el Libro de Familia.
Me solicitan información contenida en el Libro de Familia
Si necesitas presentar la información que obra en el Libro de Familia tendrás que solicitar un certificado de nacimiento, matrimonio o defunción. Puedes solicitarlo de forma telemática o solicitar cita previa para acudir a tu Registro Civil. Consulta los trámites del Registro Civil en nuestra Sede judicial electrónica
Quiero actualizar el Libro por nuevo nacimiento, matrimonio o defunción
Los Registros Civiles no están obligados a actualizar el Libro de Familia tras la entrada en vigor de la nueva Ley del Registro Civil en 2021. Cuando se produzca el nuevo nacimiento, el matrimonio o la defunción tendrás que acudir al Registro para su inscripción y allí registrarán esta información en el registro personal electrónico. No tienes que pedir cita previa para ir a actualizar el Libro.
Ley 20/2011 del Registro Civil
Si desea ampliar información sobre las novedades que ha traído la nueva ley, puedes consultar la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, en este enlace .