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Profesionales y nuevas tecnolog铆as

Los y las profesionales de la justicia y las nuevas tecnologías

Los derechos y deberes de los y las profesionales del ámbito de la Justicia en sus relaciones con la Administración de Justicia están recogidos en la Ley 18/2011, Reguladora del uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en la Administración Electrónica (abre en nueva ventana).

En el capítulo II de dicha Ley se establece que tienen derecho a relacionarse con la Administración de Justicia a través de medios electrónicos.

Infórmate sobre

Los y las profesionales tienen derecho a acceder y conocer por medios electrónicos el estado de tramitación de los procedimientos en los que sean representantes procesales de la parte personada.

También podrán obtener copias de los documentos electrónicos que formen parte de procedimientos en los que sean representantes procesales de la parte personada o acrediten interés legítimo.

Asimismo, la Administración de Justicia deberá conservar en formato electrónico los documentos electrónicos que formen parte de un expediente.

Las personas profesionales del ámbito de la Justicia tienen derecho a utilizar los sistemas de firma electrónica del DNI o de cualquier otro identificador reconocido, siempre que dicho sistema le identifique de forma unívoca como profesional.

Por su parte, la Administración de Justicia debe garantizar a los profesionales la seguridad y confidencialidad de los datos que figuren en sus ficheros, sistemas y aplicaciones informáticas.

Los  y las profesionales de la Justicia tienen el deber de utilizar los medios electrónicos, las aplicaciones o los sistemas establecidos por las Administraciones, respetando las garantías y requisitos previstos en el procedimiento que se trate.