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Procesos monitorios

Qué es un proceso monitorio

En algunos casos no es obligatorio valerse de representación legal para acudir a los tribunales. No obstante, aunque no imprescindible, su intervención resultará siempre aconsejable.

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Procedimiento judicial que permite reclamar de forma ágil y rápida, siempre que se reúnan los requisitos legalmente previstos y se disponga de los documentos acreditativos que exige este tipo de procedimiento.

Necesitarás representación legal si la cantidad reclamada es superior a 2.000 euros, y la persona demandada a) o se opone al pago de la deuda reclamada, b) o no la abona, y es necesario acudir al proceso de ejecución.

Sólo puedes reclamar mediante este procedimiento cuando cumplas los requisitos legales y dispongas de la documentación necesaria para iniciarlo. Si no cumples los requisitos para el Proceso Monitorio, puedes reclamar mediante el Juicio Verbal (hasta 15.000 euros).

Las deudas a reclamar deben ser: dinerarias, vencidas y exigibles. Tras la entrada en vigor de la Ley 37/2011 de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal, no existe límite de cuantía para reclamar por este procedimiento.

Información sobre las reclamaciones de cantidad mediante proceso monitorio civil

A través de este procedimiento judicial podrás reclamar de forma ágil deudas de carácter dinerario, siempre que se deriven de una relación laboral entre la persona empleada y la empresa que no se encuentre en situación de concurso.

La asistencia de representación legal no es obligatoria. Puedes acudir sin representación.

No se podrán hacer reclamaciones de carácter colectivo formuladas por la representación de las personas trabajadoras, ni reclamaciones que se interpongan contra las Entidades gestoras o colaboradoras de la Seguridad Social, ni reclamaciones frente a empresas declaradas en situación de concurso.

La deuda a reclamar no puede exceder de 6.000 euros y debe ser determinada, vencida y exigible.

Sólo puedes reclamar mediante este procedimiento cuando cumplas los requisitos legales y dispongas de la documentación necesaria para iniciarlo.

Información sobre las reclamaciones de cantidad en un proceso monitorio social