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Medios Adecuados de Soluci贸n de Controversias

Conoce otras formas de Justicia

Los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) permiten prevenir y solucionar conflictos, otorgándoles a las partes el protagonismo para construir dichas soluciones. La negociación, la mediación, la conciliación o el arbitraje son algunos de los mecanismos más extendidos.

Dentro de este ámbito se encuadra la Justicia Restaurativa como metodología alternativa para la resolución de conflictos entre las personas que han sido víctimas de un delito y las personas que han infringido la ley.

Infórmate sobre

La Justicia Restaurativa tiene como objetivo reparar el daño causado a la víctima. La práctica más extendida de la Justicia Restaurativa es la mediación penal, aunque se han demostrado más plenamente restaurativas otras prácticas como son los círculos y las conferencias. Se trata de un proceso en el que interviene siempre una tercera persona ajena al conflicto que media entre víctima y la persona denunciada para que esta última ayude a la víctima a superar la situación que ella misma ha originado.

Según la ONU, la Justicia Restaurativa es una metodología para solucionar problemas, que se basa en el principio fundamental de que el comportamiento delictivo no solamente viola la ley, sino también hiere a las víctimas y a la comunidad.

Y es que en ocasiones, la pérdida para la víctima es doble: primero frente al infractor o infractora y segundo al no poder participar plenamente en el proceso penal.

En este sentido, la Justicia Restaurativa reconoce a la víctima, le devuelve el protagonismo que merece y amplía las funciones asignadas al sistema penal mediante la reparación del daño en todas sus modalidades (patrimonial, simbólica o emocional).

En junio de 2016, durante la celebración en Donostia del primer Congreso Europeo "Justicia Restaurativa y Terapéutica: hacia innovadores modelos de Justicia", el Gobierno vasco se comprometió a implantar en Euskadi un modelo judicial restaurativo más moderno, efectivo y humano que el modelo punitivo tradicional, que está orientado sólo a perseguir, castigar y apartar de la sociedad a las personas que han causado daño. Entre sus beneficios, el Gobierno Vasco destaca que los nuevos métodos de Justicia Restaurativa contribuyen a aliviar la carga de los tribunales, agilizar la impartición de Justicia y racionalizar el uso de los recursos públicos.

La Justicia Restaurativa pone el énfasis en la reparación del daño causado por una conducta delictiva, proponiendo que las partes puedan llegar a una solución dependiendo de la gravedad del delito. No sustituye a la Justicia Retributiva (punitiva), sino que trata de avanzar hacia una Justicia más humanizadora, incorporando el diálogo al funcionamiento del sistema penal para atemperar las consecuencias violentas del delito sobre la víctima, así como las infligidas por la intervención institucional sobre la persona infractora.

En 2017, el Gobierno vasco presentó ante el Congreso de los Diputados el modelo vasco de Justicia Restaurativa. Puedes ver el vídeo de la comparecencia del representante del Gobierno vasco el 7 de noviembre de 2017.

El instrumento privilegiado para lograr una Justicia Restaurativa es la mediación. El Gobierno Vasco fue pionero en el Estado en la implantación de los servicios de mediación. En la actualidad, ofrece a la ciudanía, de manera gratuita, servicios de mediación en varios ámbitos: 

Familiar

Regulado por la Ley 1/2008, de 8 de febrero, de Mediación Familiar (abre en nueva ventana). Es un servicio en el que terceras personas imparciales y expertas, ayudan a las partes a alcanzar por sí mismas soluciones amistosas a sus conflictos familiares.

Consumo

Servicio ofrecido por el organismo autónomo del Gobierno vasco, Kontsumobide (abre en nueva ventana), encargado de mediar en los conflictos que surgen entre las personas consumidoras y usuarias y quienes les prestan los servicios y productos adquiridos.

Hipotecaria

Es el Servicio de Mediación Hipotecaria, prestado por el Gobierno vasco a través de las personas profesionales del Colegio Vasco de Economistas y del Instituto de Censores Jurados de Cuentas-AT País Vasco. Su objetivo es evitar los casos de ejecución hipotecaria y para ello, median entre las personas que lo solicitan y las entidades financieras para renegociar la deuda pendiente. 

Justicia Juvenil

El Servicio de Justicia Juvenil entra en funcionamiento en los casos de personas menores de edad detenidas por haber infringido la ley. Su objetivo es que la persona menor reconozca el daño causado y lo pueda reparar con el victimario. Este tipo de mediación favorece la toma de conciencia, la resocialización y evita su reincidencia y las penas privativas de libertad. 

Justicia de personas adultas

Desde 2018, con el plan estratégico de implementar y desarrollar nuevas prácticas restaurativas como círculos y conferencias en el ámbito penal, además de seguir trabajando con mediación en las jurisdicciones penal y familiar, nace el Servicio de Justicia Restaurativa.

Con ello, una vez más, el Gobierno vasco es pionero en el Estado y en los Estados de Europa al promover estas herramientas restaurativas en la Justicia de Adultos en un entorno procesal/intrajudicial, siendo el primer servicio institucional de esta naturaleza.

Las Comunidades Autónomas cuentan con sus propias leyes de Mediación Familiar en las que se regulan los requisitos que deben cumplir los equipos de trabajo de los Servicios de Mediación Intrajudicial.

En Euskadi, concretamente, la Ley 1/2008, de 8 de febrero, de Mediación Familiar (abre en nueva ventana) es la que establece las características necesarias para ser mediador o mediadora.

La norma dicta que para poder actuar como mediador o mediadora es precisa la inscripción en el Registro de Personas Mediadoras (abre en nueva ventana). Además, hay que cumplir los siguientes requisitos:

  1. Licenciatura (Grado Superior) en Derecho, Psicología, Pedagogía o Psicopedagogía o Diplomatura (Grado Medio) en Trabajo Social o en Educación Social.
  2. Formación específica en el ámbito de la mediación familiar.
  3. Curso teórico-práctico en mediación de una duración mínima de 200 horas.

Los mediadores y mediadoras y las instituciones de mediación que desarrollen su actividad profesional al amparo de los dispuesto en la Ley 5/2012, de 6 de julio (abre en nueva ventana), deberán aplicar las normas contenidas en la Orden JUS/746/2014, de 7 de mayo (abre en nueva ventana). Esta orden tiene por objeto desarrollar los artículos 14 y 21 del Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre (abre en nueva ventana), por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 5/2012, de 6 de julio, y crear el Fichero de Mediadores y Mediadoras e Instituciones de Mediación.

El Proyecto de Ley de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia tiene como objetivo la agilización de la actividad de la Justicia en términos estructurales.

Introduce reformas de las leyes procesales aumentando la agilidad, celeridad y eficiencia. Se generaliza la celebración de vistas y otro tipo de declaraciones a través de videoconferencia y se regula los sistemas de autentificación e identificación, para reducir el desplazamiento de los ciudadanos y profesionales a las sedes de Juzgados y Tribunales, evitando la concentración de personas en las oficinas judiciales.

Finalmente, promueve Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) como un elemento de cohesión social, estableciendo una estructura de incentivos más efectiva.