Modelo oficial art. 684 ley concursal
El modelo 684 de la Ley Concursal se refiere a un formulario oficial que se utiliza en el marco de los procedimientos concursales en España, se utiliza para presentar el Plan de Reestructuración de acuerdo con los requisitos establecidos en el artículo 633 de la Ley Concursal. Este plan es fundamental en situaciones de insolvencia y tiene como objetivo reorganizar la empresa o entidad deudora para superar sus dificultades económicas.
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A quien va dirigido
Este formulario va dirigido a las personas deudoras, las cuales pueden proponer medidas y acciones para reorganizar su situación financiera y poder hacer frente a sus deudas. Este plan puede incluir propuestas como la renegociación de deudas, la venta de activos, la reestructuración de la empresa, entre otras medidas, con el objetivo de alcanzar un acuerdo con los acreedores y evitar la liquidación de la empresa.
Por tanto el modelo aplica a las personas físicas o jurídicas, que lleven a cabo una actividad empresarial o profesional, que:
- hayan tenido un número medio de empleados durante el ejercicio anterior no superior a 49 y
- cuyo volumen de negocio anual o balance general anual no supere los 10 millones de euros.
El modelo no será aplicable cuando la persona deudora tenga la condición de microempresa y deba quedar sujeto al procedimiento especial para microempresas del Libro tercero desde el 1 de enero de 2023.
Acceso al modelo
Este formulario estará disponible por medios electrónicos tanto en la Sede del Ministerio, en las notarías u oficinas del registro mercantil, y a través del siguiente enlace donde se podrá descargar y cumplimentar el modelo 684 de la Ley Concursal:
Para la cumplimentación del formulario hay que seguir las siguientes directrices prácticas:
Directrices prácticas para el formulario del artículo 684 de la ley concursal
Documentación adicional
Al modelo oficial 684 se acompañará la siguiente documentación:
- las certificaciones de estar al corriente de obligaciones con la AEAT y la TGSS:
- el fichero de Cuenta de Pérdidas y Ganancias (PyG), Fondos Propios(FP) y Flujos de Caja, para añadir a los requisitos de los ordinales 3º, 4º, 9º y 10º del artículo 633 de la Ley Concursal:
PL y FCF modelo ministerio justicia.xlsx