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Preguntas frecuentes sobre los servicios de JustiziaEus

Preguntas frecuentes

Hemos recopilado y centralizado las dudas más habituales en relación con los servicios que presta la Administración de Justicia en Euskadi, para darles respuesta con la mayor rigurosidad posible, sirviendo de punto de referencia a todas las personas usuarias de JustiziaEus.

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  • En el Juzgado que dictó dicha sentencia
    FAQ: Preguntas Frecuentes
     
  • En denuncias penales, el ciudadano o ciudadana puede acudir para poner una denuncia sobre cualquier hecho, como también puede hacerlo en cualquiera de las Comisarías de Policía (Municipal, Ertzaintza, etc.), en los Juzgados de Guardia o en la Fiscalía.
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  • Pueden darse tres casuísticas: descargar el certificado en el momento, descargar un justificante y en unos días recibir la documentación en tu domicilio, o que no este habilitada la recepción de solicitudes en el Registro Civil y tengas que solicitarlo presencial o por correo
    FAQ: Preguntas Frecuentes
     
  • Por lo general, el municipio más grande o el de mayor litigiosidad es el que da nombre al partido judicial y al que se conoce como cabeza de partido. Cada partido judicial cuenta como mínimo con un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción y al frente del resto de municipios que componen ese partido judicial se encuentran los Juzgados de Paz. Puedes consultar en JustiziaEus la relación de municipios que corresponde a cada uno de los 14 partidos judiciales que hay en la actualidad en Euskadi.
    FAQ: Preguntas Frecuentes
     
  • Si la cantidad reclamada no excede de 90 euros y el municipio del domicilio de la persona demandada carece de Juzgado de Primera Instancia, el escrito o impreso de demanda debes presentarlo en el Juzgado de Paz, que será el competente.
    FAQ: Preguntas Frecuentes
     
  • Las decisiones tomadas por un órgano inferior pueden ser revisadas por su inmediato superior. De modo que si no estás conforme con lo decidido por el o la Jueza de Paz, puedes recurrir en apelación al Juzgado de Primera Instancia de tu partido judicial (si se trata de un asunto civil) o al Juzgado de Instrucción de tu partido judicial (para asuntos penales).
    FAQ: Preguntas Frecuentes
     
  • No. Para la realización de esta actividad tendrá que delegar en el Juez o Jueza de Instrucción que corresponda a su Partido Judicial y que se halle de guardia.
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  • No. Estar en ejercicio es incompatible con el cargo de Letrado o Letrada de la Administración de Justicia de un Juzgado de Paz; ya que estos cargos son ocupados normalmente por personal funcionario y sometidos a su régimen de incompatibilidades.
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  • Es la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia la que, si considera que las personas elegidas por el Ayuntamiento reúnen las condiciones de capacidad y de elegibilidad exigidas por la Ley, expide los correspondientes nombramientos y ordena su publicación en el Boletín Oficial de la provincia, dando cuenta de los mismos al Consejo General del Poder Judicial y al Juez de Primera Instancia e Instrucción de Partido, o al Juzgado Decano si hubiere varios.
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  • No. Los Jueces y Juezas de Paz están sometidos a la prohibición de pertenecer a partidos políticos o sindicatos mientras dure su mandato.
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