Preguntas frecuentes
Hemos recopilado y centralizado las dudas más habituales en relación con los servicios que presta la Administración de Justicia en Euskadi, para darles respuesta con la mayor rigurosidad posible, sirviendo de punto de referencia a todas las personas usuarias de JustiziaEus.
Internet(contenidos.inter)
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El servicio actualmente no tiene límite de formatos, se podría incluir cualquiera.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Se pueda usar cualquier navegador, pero ser recomienda utilizar Google Chrome.FAQ: Preguntas Frecuentes
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En el momento del envío me genera un justificante de presentación con fecha y hora y destinatario.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Dos son las medidas que pueden solicitarse en el procedimiento especial de liquidación.FAQ: Preguntas Frecuentes
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4 son las medidas que pueden solicitarse en el procedimiento especial de continuaciónFAQ: Preguntas Frecuentes
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La persona deudora tendrá que dirigir la comunicación electrónica de apertura del procedimiento especial a las personas acreedoras incluidos en su solicitud, de los cuales tenga constancia de su dirección electrónica, permitiéndoles el acceso a toda la documentación presentada en el Juzgado, así como al cónyuge de la persona deudora en caso de que sea persona casada.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Las personas acreedoras cuyos créditos representen más de la mitad del pasivo podrán, en cualquier momento, solicitar la conversión del procedimiento de continuación en uno de liquidación sin necesidad de justificación adicional, siempre que el deudor se encuentre en insolvencia actual.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Tanto la persona deudora como los acreedores podrán optar entre un procedimiento especial de liquidación o uno de continuación.FAQ: Preguntas Frecuentes
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La persona deudora comunicará en el plazo de setenta y dos horas a la Tesorería General de la Seguridad Social y a la Agencia Estatal de Administración Tributaria la presentación de solicitud de apertura de procedimiento especial de continuación sobre el que conste su condición de acreedora.FAQ: Preguntas Frecuentes
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La solicitud para iniciar el procedimiento especial de microempresas ha de dirigirse a la Oficina de Registro y Reparto (Decanato o Servicio Común de Registro y Reparto) del partido judicial que corresponda al territorio en el que la persona deudora ejerce de modo habitual y reconocible por terceros la administración de sus intereses principales.FAQ: Preguntas Frecuentes