
Preguntas frecuentes
Hemos recopilado y centralizado las dudas más habituales en relación con los servicios que presta la Administración de Justicia en Euskadi, para darles respuesta con la mayor rigurosidad posible, sirviendo de punto de referencia a todas las personas usuarias de JustiziaEus.
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Además de las rentas y otros bienes patrimoniales o circunstancias que declare el/la solicitante, también se tendrán en cuenta los signos externos que manifiesten su real capacidad económica, negándose el derecho a la Asistencia Jurídica Gratuita si dichos signos revelan con evidencia que el/la solicitante dispone de medios económicos que superan el límite fijado por la Ley.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Sí que debes pagar las costas si has obtenido un beneficio económico del juicio o tu situación económica mejora en los tres años siguientes a la finalización de los trámites procesales.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Sí, en atención a las circunstancias familiares de la persona solicitante, número de hijos o hijas o familiares a su cargo, estado de salud, obligaciones económicas que pesen sobre esta persona, costes derivados de la iniciación del proceso u otras de análoga naturaleza, objetivamente evaluadas.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Euskaltzaindia (Academia de la Lengua Vasca) dispone en su página web de un buscador de apellidos donde podrás consultar la forma correcta en la que se escribe un determinado apellido.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Sí que es posible corregir la grafía de tu apellido catalán en los Registros Civiles y Juzgados de Paz vascos.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Si quieres cambiar tus apellidos, tienes que presentar documentos de uso social que demuestren que usas habitualmente los apellidos con los que te quieres inscribir.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Sí que es posible hacer ambas comparecencias en el mismo día. Puedes, por ejemplo, adaptar la grafía de tu apellido al euskera y al mismo tiempo solicitar una inversión del orden de los apellidos en el Registro Civil sin necesidad de esperar a que se materialice uno de los cambios para realizar el siguiente.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Los niños y niñas tienen que tener más de cinco años para poder cambiarles de nombre. A partir de esa edad, cada persona puede solicitar el cambio de nombre en cualquier momento de su vida siempre que se realice por alguna de las causas previstas en la ley.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Puedes acreditar la existencia de dicho nombre a través de Euskaltzaindia (Academia de la Lengua Vasca).FAQ: Preguntas Frecuentes
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Si quieres cambiar tu nombre, tienes que presentar documentos de uso social que demuestren que usas habitualmente ese nombre con el que te quieres inscribir.FAQ: Preguntas Frecuentes





