
Preguntas frecuentes
Hemos recopilado y centralizado las dudas más habituales en relación con los servicios que presta la Administración de Justicia en Euskadi, para darles respuesta con la mayor rigurosidad posible, sirviendo de punto de referencia a todas las personas usuarias de JustiziaEus.
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Tienes que saber que en la legislación española se reconoce el derecho de los menores a relacionarse con sus progenitores y demás familiares, entre ellos, con los abuelos.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Es necesario acudir al Registro Civil que te corresponda por domicilio, y presentar DNI y fotocopia, certificado literal de nacimiento y certificado de empadronamiento.FAQ: Preguntas Frecuentes
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El matrimonio no altera la vecindad civil. No obstante, cualquiera de los cónyuges no separados, ya sea legalmente o de hecho, podrá, en todo momento, optar por la vecindad civil del otroFAQ: Preguntas Frecuentes
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La vecindad civil vasca nos ayuda a la hora de definir cuáles son las normas de derecho civil que regulan los aspectos esenciales de nuestra vidaFAQ: Preguntas Frecuentes
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La patria potestad originaria, esto es, aquella que se produce por filiación, no ha de inscribirse en el Registro Civil. Se considera que se desprende del contenido de la inscripción del nacimiento del menor, y, por ello, no ha de solicitarse.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Como regla general la patria potestad se ejerce conjuntamente por ambos progenitores o por uno de ellos con el consentimiento expreso o tácito del otro.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Si los progenitores viven separados, la patria potestad se ejercerá por aquel con quien el hijo conviva. Sin embargo, la autoridad judicial, a solicitud fundada del otro progenitor, podrá, en interés del hijo, atribuir al solicitante la patria potestad para que la ejerza conjuntamente con el otro progenitor o distribuir entre ambos las funciones inherentes a su ejercicio.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Sí, pero no se le llama emancipación.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Si, con exepciones.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Como regla general, corresponde a los progenitores que ostentan la patria potestad representar a sus hijos menores no emancipados. No obstante, en aquellos casos en los que exista conflicto de intereses entre los padres e hijos se nombrará a un defensor judicial que represente al menor en juicio y fuera de él.FAQ: Preguntas Frecuentes





