
Preguntas frecuentes
Hemos recopilado y centralizado las dudas más habituales en relación con los servicios que presta la Administración de Justicia en Euskadi, para darles respuesta con la mayor rigurosidad posible, sirviendo de punto de referencia a todas las personas usuarias de JustiziaEus.
Internet(contenidos.inter)
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Sí. La rectificación del sexo permite el cambio de nombre propio de la persona por otro que no vulnere ninguno de los límites comunes a todas las modificaciones de nombre.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Sí, por medio de un expediente ante el Encargado del Registro Civil cuyo inicio no exige el cumplimiento de los requisitos habituales para el cambio de apellido.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Es posible recurrir ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública en el plazo de 1 mesFAQ: Preguntas Frecuentes
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Cuando ya se ha llevado a cabo el procedimiento de adopción y ésta ha sido inscrita, existe un plazo de dos meses para que los niños o niñas adoptadas soliciten mantener sus apellidos anteriores.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Puedes acreditar la existencia de dicho nombre a través de Euskaltzaindia (Academia de la Lengua Vasca).FAQ: Preguntas Frecuentes
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No. Los hijos/as únicamente pueden llevar como primer apellido el primer apellido de la madre o del padre.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Para acreditar que el nombre que has elegido existe y tiene sustantividad propia puedes buscar información en Internet o en otros medios que demuestren, por ejemplo, que es un nombre de origen africano o es el nombre de un lago, un monte...FAQ: Preguntas Frecuentes
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Si queréis que vuestro hijo o hija lleve como primer apellido el de la madre deberéis indicar que vais a optar por la inversión de los apellidos cuando acudáis al Registro Civil para realizar su inscripción de nacimiento.FAQ: Preguntas Frecuentes
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El orden de los apellidos de los hijos que tu pareja haya podido tener en una relación anterior no afecta a la hora de decidir qué orden de apellidos van a llevar los hijos que puedas tener ahora con tu pareja.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Sí que es posible modificar el nombre de origen del niño o niña adoptado. En ocasiones, el nombre viene ya modificado en la sentencia de adopción. Si no es tu caso, lo puedes solicitar al Juez o Jueza correspondiente, que actuará siempre en beneficio del menor.FAQ: Preguntas Frecuentes