Preguntas frecuentes
Hemos recopilado y centralizado las dudas más habituales en relación con los servicios que presta la Administración de Justicia en Euskadi, para darles respuesta con la mayor rigurosidad posible, sirviendo de punto de referencia a todas las personas usuarias de JustiziaEus.
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En el caso de que ambos contrayentes sean españoles la ley exige un único testigo. Sin embargo, en el caso de que los contrayentes sean extranjeros se ha de acudir con dos testigos.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Para poder casarte es necesario entregar la documentación necesaria e iniciar el expediente matrimonial. Para ello, algunos Registros Civiles dan una sola cita para llevar a cabo esos trámites, y, en tales casos, a la cita habréis de acudir las dos personas contrayentes y los testigosFAQ: Preguntas Frecuentes
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Para poder casarte es necesario entregar la documentación necesaria e iniciar el expediente matrimonialFAQ: Preguntas Frecuentes
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Sí. En todo caso, tienes que iniciar el expediente matrimonial en el Registro Civil que te corresponda según tu domicilio. Al hacerlo, habrás de indicar que quieres celebrar tu matrimonio en Getxo.FAQ: Preguntas Frecuentes
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No hay límite de plazo para inscribir en el Registro Civil Central del Madrid un matrimonio celebrado en el extranjero. Tampoco es un trámite obligatorio.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Desde el Registro Civil ya no podrás obtener el Libro de Familia, pero, en cambio, podrás obtener el certificado de matrimonio o de familia.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Tras la entrada en vigor de la nueva normativa del Registro Civil, ya no se expedirán Libros de familia, ni tampoco podrán actualizarse los ya existentes. A cambio, se emiten certificados de nacimiento, matrimonio y familia. No obstante, los Libros de Familia ya emitidos mantendrán su efecto ya que no caducan, siempre y cuando estén actualizados.FAQ: Preguntas Frecuentes
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La separación de bienes se inscribe en el Registro Civil, junto con la inscripción del matrimonio.FAQ: Preguntas Frecuentes
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Es posible que en su día el Juzgado de Primera Instancia que emitió la sentencia de divorcio no informase de ello al Registro Civil correspondiente.FAQ: Preguntas Frecuentes
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El Juzgado de Primera Instancia que dictó el divorcio es el encargado de remitir de oficio la sentencia al Registro Civil donde está inscrito vuestro matrimonio.FAQ: Preguntas Frecuentes