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Servicio Vasco de Gestión de Penas

Qué es el Servicio Vasco de Gestión de Penas

En virtud del Convenio firmado el 8 de agosto de 2011 entre el Ministerio del Interior y el Departamento de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco en esa legislatura, el Servicio Vasco de Gestión de Penas (SVGP) se encarga de velar en nuestra Comunidad por el efectivo cumplimiento de las penas de trabajo en beneficio de la comunidad (TBCs) y de las formas sustitutivas de la ejecución penal (suspensiones de penas privativas de libertad y sustituciones de condena) impuestas por los Juzgados y Tribunales de Euskadi.

También actúa cuando los condenados tengan su domicilio en nuestra Comunidad aunque la sentencia tenga origen en un Juzgado o Tribunal de otra Comunidad.

El SVGP asume parte de las tareas antes desempeñadas por el Servicio de Asistencia y Orientación Social al Detenido (SAOS) y por el Servicio de Asistencia a la Reinserción (SAER), ocupando las sedes físicas que estos tenían en los palacios de justicia del País Vasco.

Infórmate sobre

Cuando una persona comete un delito el juez o jueza le impone una pena o una medida de seguridad. Una vez impuesta, esa pena o medida de seguridad debe ser ejecutada, y el órgano judicial debe asegurarse de que así se cumpla, sea o no privativa de libertad.

Según la Constitución, uno de los fines primordiales (aunque no único) de las penas y medidas de seguridad es la reeducación y reinserción de las personas condenadas. Por este motivo, el SVGP se encarga de velar por la ejecución de la pena o de la medida de seguridad, a efectos de una posible suspensión de la pena, aplicación de una pena de trabajo en beneficio de la comunidad o aplicación de una medida de seguridad.

Cuando la pena que se le ha impuesto es privativa de libertad, se analizan las alternativas legales al ingreso en prisión que existen para posibilitar el cumplimiento de la responsabilidad penal.

El SVGP colaborará de manera directa con los órganos judiciales y con la administración penitenciaria, realizando de manera íntegra todas las actuaciones administrativas que sean necesarias para la ejecución de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad impuestas, para la suspensión de las penas privativas de libertad y para la sustitución de condenas.

De este modo, realizará entre otras actuaciones:

  • Citaciones y entrevistas con las personas penadas.
  • Elaboración de los planes de ejecución o de los planes de intervención y seguimiento, así como de los informes preceptivos sobre evolución y seguimiento para las autoridades judiciales (programas de intervención, TBCs…).
  • Búsqueda de recursos y derivaciones a los mismos.
  • Seguimiento de los programas de intervención en suspensiones, sustituciones y TBCs.
  • Comunicación a los servicios penitenciarios de las incidencias relevantes en la ejecución de las penas o medidas, junto con la finalización de las actuaciones.

El Código Penal prevé, para determinados supuestos, medidas alternativas a la pena de prisión.

Si concurren los requisitos legalmente establecidos, generalmente relacionados con la menor gravedad de las penas y con las circunstancias de la persona autora, puede acordarse que la persona no ingrese en prisión y que cumpla su responsabilidad penal mediante una medida alternativa, como la pena de trabajo en beneficio de la comunidad (art. 49 CP) o la suspensión de la pena de prisión (arts. 80 y ss CP).

Puedes también consultar la Memorias de ejercicios anteriores en la sección de documentos y publicaciones.

El Servicio Vasco de Gestión de Penas tiene oficinas en Bilbao, Donostia-San Sebastián, Vitoria-Gasteiz y Barakaldo, junto a los Palacios de justicia.

Datos de contacto:

Bilbao

Donostia-San Sebastián

  • Teresa de Calcuta Plaza, 1, Planta Baja
  • 20012 Donostia-San Sebastián, Gipuzkoa
  • Ver en el mapa
  • Teléfono: 943000769
  • Horario: De 9:00 a 14:00 h de lunes a viernes y de 16:00 a 18:30 h los martes y miércoles
  • Email: svgp2005-2@justizia.eus

Vitoria-Gasteiz

Barakaldo