La Oficina Judicial en Euskadi

La Oficina Judicial es el nuevo modelo de organización del trabajo en los juzgados. Se basa en una estructura más moderna, ágil y coordinada, que apoya la labor jurisdiccional de jueces y magistrados.
Este modelo nace con la Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, y con la Orden de 2 de julio de 2025 del Gobierno Vasco. Su implantación será progresiva y escalonada en todo el territorio.
Infórmate sobre
- Implantación en Euskadi
- Estructura de la Oficina Judicial
- Coordinación y servicios transversales
- Un paso hacia una Justicia más eficiente
- Normativa de referencia
Implantación en Euskadi
En una primera fase, el nuevo modelo se aplica en los partidos judiciales de Amurrio, Azpeitia, Balmaseda, Bergara, Durango, Gernika, Getxo, Irún y Tolosa, que contarán con Tribunales de Instancia y sus correspondientes Oficinas Judiciales.
La Comunidad Autónoma del País Vasco tiene competencia para determinar la organización y dimensión de estas oficinas, según los artículos 436 a 438 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).
En una segunda fase, a partir del 31 de diciembre de 2025 se constituyen los Tribunales de Instancia en los partidos judiciales de Vitoria-Gasteiz, Bilbao, Donostia-San Sebastián, Barakaldo y Eibar transformándose los juzgados en las respectivas secciones conforme a lo previsto en la Disposición transitoria segunda de la Ley Orgánica 1/2025.
Estructura de la Oficina Judicial
Cada Oficina Judicial se compone de servicios comunes, donde el personal trabaja de forma coordinada para tramitar los asuntos judiciales con eficacia y transparencia.
Servicio Común de Tramitación
Gestiona la ordenación, tramitación y ejecución de los procedimientos judiciales en todas sus fases.
Entre sus principales funciones están:
- Recepción y tramitación de escritos y recursos.
- Apoyo directo a jueces y magistrados.
- Gestión de señalamientos, plazos y archivos.
- Tramitación de ejecuciones y medidas judiciales.
- Coordinación de agendas judiciales.
Este servicio cuenta con personal de los cuerpos de:
- Letrados/as de la Administración de Justicia (LAJ).
- Gestión Procesal y Administrativa.
- Tramitación Procesal y Administrativa.
Incluye un área civil y un área de instrucción, con un equipo especializado en violencia sobre la mujer.
Servicio Común General
Asume las tareas transversales y de apoyo a toda la actividad judicial, como:
- Registro y reparto de escritos y documentación.
- Actos de comunicación y ejecución.
- Auxilio judicial nacional e internacional.
- Atención a la ciudadanía, profesionales y víctimas.
- Gestión de salas, archivos y depósitos judiciales.
- Coordinación con Presidencias de Tribunales, Oficina Fiscal y Registro Civil.
Está dirigido por un/a Letrado/a de la Administración de Justicia y apoyado por personal de los cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial.
Coordinación y servicios transversales
Las Oficinas Judiciales trabajan en estrecha colaboración con:
- Las Oficinas Fiscales.
- Las Oficinas de Justicia en los municipios, que sustituyen a los antiguos Juzgados de Paz.
- Los servicios de mediación y medios adecuados de solución de controversias.
Cada oficina contará, además, con servicio de guardia y horarios adaptados para garantizar la atención continuada.
Un paso hacia una Justicia más eficiente
El nuevo modelo de 2025 supone un impulso para una justicia:
- Más ágil y cercana a la ciudadanía.
- Mejor coordinada entre órganos y servicios.
- Más digital, interoperable y orientada al servicio público.
Normativa de referencia
- Ley Orgánica 1/2025 , de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
- Orden de 2 de julio de 2025 , de la Consejera de Justicia y Derechos Humanos del Gobierno Vasco.
- Ley Orgánica 6/1985 , de 1 de julio, del Poder Judicial.
- Real Decreto 1608/2005 , de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales.






