Con arreglo a lo dispuesto en el apartado 1, del artículo 527, de la Ley Orgánica del Poder Judicial los puestos de trabajo vacantes, hasta tanto se resuelvan los sistemas de provisión en curso o cuando resueltos no se hayan cubierto por no existir candidato idóneo, podrán ser provistos por personal que reúna los requisitos exigidos para su desempeño, mediante el otorgamiento de una comisión de servicio, que podrá tener carácter voluntario o forzoso.
De acuerdo con las previsiones del artículo 1 del citado Real Decreto 1451/2005, el ámbito de aplicación de la presente Resolución, será el personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.
El Decreto 326/2024, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Derechos Humanos, en su artículo 12, atribuye a la Dirección de la Administración de Justicia el ejercicio de diversas funciones en materia del personal al servicio de la Administración de Justicia, incluida la dirección de la política de personal en diversos ámbitos.
En la documentación presentada a continuación se encuentra disponible toda la información relativa a la convocatoria:






