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No siempre es necesario pagar tasas judiciales

Tasas judiciales

Las tasas judiciales son un tributo que se deben abonar cuando una persona física o jurídica acude a los tribunales y hace uso de la Administración de Justicia. Es decir, cuando una persona quiere interponer una demanda o un recurso en el orden civil, contencioso-administrativo o social está obligado a pagar una cantidad de dinero por los servicios prestados (estas tasas no se aplicarán al orden jurisdiccional penal ni al militar). Pero, existen una serie de circunstancias en el que no se tienen que pagar estas tasas.

Las personas están exentas de las tasas judiciales en los siguientes casos (alguno de ellos con excepciones):

  • Cuando las demandas o los recursos están relacionados con capacidad, filiación, matrimonio y menores.
  • Cuando los trámites son sobre la protección de los derechos fundamentales.
  • Cuando la persona deudora solicite el concurso voluntario de acreedores.
  • Si el personal funcionario interpone un recurso contencioso-administrativo en defensa de sus derechos estatutarios.
  • Cuando en un proceso monitorio o un proceso verbal no se reclame una cantidad superior a 2.000 euros.
  • Cuando se interpone un recurso y hay un silencio administrativo negativo o inactividad de la Administración.
  • Cuando la demanda sea para la ejecución de los laudos dictados por la Juntas Arbitrales de Consumo.
  • Cuando la persona que administra un concurso de acreedores inicia acciones en interés de la masa del concurso.
  • Cuando se quiere dividir judicialmente un patrimonio.

También hay personas y entidades que nunca tienen que pagar tasas judiciales:

  • Las personas que tengan derecho a la asistencia jurídica gratuita.
  • El Ministerio Fiscal.
  • La Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos públicos dependientes de todas ellas.
  • Las Cortes Generales y las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas.
  • Para más información sobre las tasas judiciales, visita “Qué son las tasas judiciales” en JustiziaEus.