Cuando legalices en España tu matrimonio celebrado en extranjero, la fecha que aparecerá en el Libro de Familia será la fecha en la que tuvo lugar la ceremonia en el extranjero.
Si alguno/a de los/las contrayentes es español/a y celebra su matrimonio religioso en el extranjero puede inscribir el acto en el Registro Civil Central siempre que cumpla los requisitos legales exigidos. Tienes toda la información sobre los pasos que debes seguir en JustiziaEus, en el apartado “inscripción de matrimonio”.
A efectos civiles, se reconocen los matrimonios religiosos celebrados por las Iglesias, confesiones, comunidades religiosas o federaciones de las mismas que, inscritas en el Registro de Entidades Religiosas, hayan obtenido el reconocimiento de notorio arraigo en España.
A fecha de la entrada en vigor de la Orden de 19 de abril de 2016, sobre inscripción en el Registro Civil de determinados matrimonios celebrados en forma religiosa, se ha declarado el notorio arraigo en España de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días, de la Iglesia de los Testigos de Jehová, de las Comunidades Budistas que forman parte de la Federación de Comunidades Budistas de España y de la Iglesia Ortodoxa.
Asimismo, existen Acuerdos de Cooperación del Estado con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, con la Federación de Comunidades Judías de España y con la Comisión Islámica de España.
Infórmate sobre cómo realizar una inscripción de matrimonio religioso.
Para que un divorcio celebrado en el extranjero tenga validez en España tienes que presentar el Exequatur. Se trata de un proceso civil dirigido a reconocer y a ejecutar en España las resoluciones extranjeras. Para llevar a cabo este procedimiento necesitas abogado/a y procurador/a.
Es posible que en su día el Juzgado de Primera Instancia que emitió la sentencia de divorcio no informase de ello al Registro Civil correspondiente. Por ello, debes solicitar ahora al Juzgado que dictó el divorcio que remita de oficio la sentencia al Registro Civil donde inscribisteis vuestro matrimonio. Una vez se haya llevado a cabo este trámite, podrás solicitar en persona o a través de JustiziaEus el certificado de matrimonio con una anotación marginal de disolución del matrimonio.
El Juzgado de Primera Instancia que dictó el divorcio es el encargado de remitir de oficio la sentencia al Registro Civil donde está inscrito vuestro matrimonio. Por lo tanto, ya puedes solicitar de manera presencial en el Registro Civil o a través de JustiziaEus el certificado de matrimonio con una anotación marginal de disolución del matrimonio.
No hay límite de plazo para inscribir en el Registro Civil Central del Madrid un matrimonio celebrado en el extranjero. Tampoco es un trámite obligatorio. Eso sí, debes saber que desde que inicias la solicitud de inscripción del matrimonio en el Registro Central del Madrid hasta que se materializa la inscripción y obtienes el Libro de familia puede pasar más de un año.
No es posible casarse dos veces, a no ser que te divorcies del primer matrimonio. Si dos españoles se casan en el extranjero, lo que tienen que hacer es comunicarlo al consulado español más cercano a su domicilio y después inscribir el matrimonio en el Registro Civil Central de Madrid. No tiene cabida legal casarse en otro país y luego hacerlo nuevamente en España.
Si como pareja habéis decidido no seguir adelante con la celebración de vuestro matrimonio, podéis acudir al Registro Civil para firmar una comparecencia de desistimiento. De este modo se archivará vuestro expediente matrimonial por motivos familiares. Los expedientes matrimoniales únicamente pueden anularse si se dan una serie de circunstancias especiales como por ejemplo que uno de los futuros contrayentes haya mentido durante la tramitación del expediente y realmente ya esté casado.
La separación de bienes queda inscrita en vuestro Libro de Familia y en vuestra inscripción de matrimonio.
Para evitar desplazamientos lo que puedes hacer es cursar la solicitud en el Juzgado de Paz que te corresponda por domicilio en Burgos. Para hacer la solicitud uno de los contrayentes deberéis comparecer en el Juzgado. Allí rellenarás un formulario que después será remitido al Juzgado de Paz de Sestao, que es en el que inscribisteis vuestro matrimonio.
Independientemente de si el divorcio es amistoso o no siempre es necesario estar representado por un procurador y defendido por un abogado para divorciarse. Si el divorcio es amistoso, los dos miembros de la pareja pueden contar con el mismo procurador y abogado. Y si el divorcio es contencioso cada uno de los miembros de la pareja deberá contratar su propio procurador y abogado.
Si los contrayentes sois españoles, basta con que acudáis acompañados de un testigo. En el caso de que alguno de los contrayentes sea extranjero necesitáis presentar dos testigos.
Todos los teléfonos, direcciones, faxes y correos electrónicos de los diferentes servicios de la Administración de Justicia en Euskadi se pueden localizar en la sección atención al público. Por lo general, el horario de atención al público de los Registros Civiles es de 9:00 a 15:00 horas.
Una vez entregada toda la documentación y celebrado el matrimonio, os entregarán el Libro de Familia en el plazo aproximado de entre 15 y 30 días.
Tienes que tramitar un expediente de traslado de inscripción a través del Registro Civil que te corresponda según tu lugar de empadronamiento.
Primero, debes solicitar el certificado en el Registro Civil que te corresponda según tu lugar de empadronamiento o a través de la aplicación online de solicitud de certificados y, después, remitir dicho certificado a la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que es la entidad encargada de apostillar los documentos.
Sí. Para ello debe aportar el certificado eclesiástico que os facilitarán en el momento de la celebración del matrimonio.
Para optar por la separación de bienes deberás otorgar "capitulaciones matrimoniales" ante Notario. Este trámite lo puedes hacer antes o después de la celebración del matrimonio. Una vez hayas realizado las capitulaciones, debes presentar el original y una copia en el Registro Civil para que lo incluyan en vuestro Libro de Familia y en vuestra inscripción de matrimonio.
Puedes solicitar en el Registro Civil un certificado literal de matrimonio. En el marginal de este documento aparecerá inscrita la separación de bienes.
Se lo puede quedar uno de los miembros de la pareja y el otro/a cónyuge puede pedir un duplicado.