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¿Se aplica la LO 1/2025 a las demandas presentadas con anterioridad a su entrada en vigor?

Se aplicará exclusivamente a los procedimientos incoados con posterioridad.

Excepciones.

  • Podrá someterse de común acuerdo y en cualquier momento del procedimiento a cualquier MASC.
  • En los juicios verbales en los que no se haya celebrado vista a la entrada en vigor de la ley, será de aplicación lo dispuesto en cuanto al dictado de sentencias orales.