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¿Quién puede solicitar una orden de protección?

Cualquier víctima de violencia doméstica o persona que tenga con la víctima alguna de las siguientes relaciones de parentesco: cónyuge, pareja, hijos o hijas propios o de su cónyuge o pareja, o cualquier familiar bajo potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de la propia víctima o de su cónyuge o pareja.

También puede solicitar la orden de protección la persona que represente legalmente a la víctima.