¿Quién puede solicitar una orden de protección?
Cualquier víctima de violencia doméstica o persona que tenga con la víctima alguna de las siguientes relaciones de parentesco: cónyuge, pareja, hijos o hijas propios o de su cónyuge o pareja, o cualquier familiar bajo potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de la propia víctima o de su cónyuge o pareja.
También puede solicitar la orden de protección la persona que represente legalmente a la víctima.