Men煤
Buscar
Logo de Justizia.eus
  • Buscar
Euskadi.eus

驴Qui茅n puede solicitar la rectificaci贸n de la menci贸n relativa al sexo en el Registro Civil?

La Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, divide a quienes pueden solicitar la rectificación de la mención relativa al sexo en tres grupos atendiendo a la edad.

En primer lugar, los españoles mayores de 16 años pueden promover el proceso de rectificación por sí solos.

A su vez, las personas menores de 16 años pero mayores de 14 también pueden presentar la solicitud por sí mismas, pero tienen que ser asistidas en el procedimiento por sus representantes legales. Si los implicados discrepan (por ejemplo, los progenitores entre sí o ambos con el menor) cabe el nombramiento de un defensor judicial.

Finalmente, los menores de 14 años y mayores de doce necesitan autorización judicial para la modificación registral del sexo. Por lo tanto, en vez de acudir directamente al Registro Civil, el menor (asistido por sus representantes legales en los mismos términos que en el supuesto anterior) ha de iniciar un expediente de jurisdicción voluntaria ante el Juzgado de Primera Instancia que le corresponde por domicilio.

En cualquier caso, hay que mencionar que las personas con discapacidad no tienen impedimento alguno para solicitar tanto la rectificación como las medidas de apoyo que precisen para ello.