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¿Quién puede solicitar la apertura de este procedimiento especial para microempresas?

Podrá solicitar la apertura de este procedimiento la persona deudora que se encuentre en probabilidad de insolvencia, insolvencia inminente o en insolvencia actual y reúna las condiciones de microempresa. Si se trata de una persona jurídica la solicitud deberá realizarla el órgano de administración de la misma.

También podrán solicitar la apertura del procedimiento las personas acreedoras o socias personalmente responsables de las deudas del deudor que se encuentre en estado de insolvencia actual.