¿Puedo reclamar a una persona que viva fuera del territorio mediante el procedimiento monitorio?
Solamente se puede reclamar por proceso monitorio a personas ubicadas dentro del marco nacional español. Aunque la persona deudora sea extranjera, si reside dentro del Estado español, puede ser demandada por este procedimiento.
No obstante, puedes acudir al proceso monitorio europeo , en el que no existe tampoco límite de cantidad, y puede reclamarse a cualquier persona física o jurídica con residencia en la Unión Europea (excepto Dinamarca).






