¿Cuáles son las novedades más significativas que se introducen en la subasta judicial?
- Supresión de la realización del bien por persona o entidad especializada.
- El inicio del cómputo de los plazos para pago del resto del precio y traslado para mejora de postura, cuando no cubra los porcentajes mínimos, se produce automáticamente desde la fecha de cierre de la subasta.
- Obligación de realizar a la persona demandada no personada un intento de notificación personal del decreto convocando la subasta.
- Si el ejecutante tiene interés en adquirir el bien, debe incorporarse a la subasta como un licitador más y con las mismas reglas.
- Se unifican los efectos derivados de la subasta con postores y de la subasta desierta.
- El depósito que se ha de constituir para participar se eleva hasta el 20 por ciento del valor de la subasta.





