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¿Qué novedades ha introducido la LO 1/2025 en el juicio verbal?

La novedad más significativa en el juicio verbal es la relativa a la contestación y reconvención de la demanda.

  • Traslado del escrito de contestación a la parte demandante, y se concede a ambas partes el plazo de 5 días para proponer prueba y, en su caso, contestar a las excepciones procesales.
  • En los tres días siguientes al traslado del escrito de proposición de prueba, las partes podrán presentar impugnaciones a las mismas.
  • El tribunal resolverá por auto, recurrible en reposición (con efecto suspensivo) sobre las excepciones procesales, la admisión de pruebas y la pertinencia de celebración de vista.