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¿Necesito presentar una demanda de exequatur siempre que quiero que se reconozca y ejecute una sentencia extranjera?

El exequatur es un procedimiento judicial por el cual se examina si una sentencia extranjera es válida en España y, por tanto, si puede ser ejecutada en dicho Estado.

Sin embargo, no siempre es imprescindible. Para que se pueda ejecutar una resolución extranjera en España sin homologación tiene que cumplir tres requisitos:

  • Que el acto proceda de un país miembro de la Unión Europea.
  • Que exista un reglamento que recoja el reconocimiento automático para la materia concreta. En este sentido hay que destacar las resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, las de materia matrimonial y las relativas a responsabilidad parental.
  • No hallarse en ninguna de las excepciones recogidas en los Reglamentos específicos de cada materia, por ejemplo, el Reglamento 2019/1111 (abre en nueva ventana). Entre estas excepciones cabe destacar que la resolución no sea contraria al orden público o se dicte en rebeldía del demandado.

Si no se cumple cualquiera de ellos,  al interesado no le queda más opción que plantear una demanda de exequatur ante el Juzgado de Primera Instancia competente.