Menú
Buscar
Logo de Justizia.eus
  • Buscar
Euskadi.eus

En el supuesto de que se remita a un procedimiento de justicia restaurativa ¿Cuál es el plazo máximo para su desarrollo?

Según la Ley Orgánica 1/2025, la resolución que acuerde la remisión a los servicios de justicia restaurativa fijará un plazo máximo para su desarrollo, que no podrá exceder de tres meses prorrogables por un plazo igual. Acordada la remisión, el órgano judicial facilitará el acceso al contenido del procedimiento por parte del equipo de justicia restaurativa.