¿Cómo puede terminar el proceso de mediación familiar?
Los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) permiten prevenir y solucionar conflictos, otorgándoles a las partes el protagonismo para construir dichas soluciones. Uno de los más habituales es la mediación, regulada en Euskadi por la Ley 1/2008, de 8 de febrero, de Mediación Familiar.
De acuerdo a esta, la finalización del procedimiento de mediación puede producirse por decisión de cualquiera de las partes en conflicto o por la persona mediadora, quien podrá dar por finalizada la mediación, comunicándoselo a las partes, cuando concurra alguno de los siguientes supuestos:
- Falta de colaboración por alguna de las partes.
- Incumplimiento de las condiciones establecidas.
- Inasistencia no justificada de alguna de las partes.
- Cuando considere que el procedimiento no puede alcanzar la finalidad perseguida.
- Cuando detecte que el conflicto debe ser abordado desde otra forma de intervención o tratamiento.
Así mismo, en aquellos casos en los que el resultado de la mediación pueda producir efectos en un procedimiento judicial, la persona mediadora entregará a las partes implicadas un certificado, en el que hará constar la fecha del inicio y finalización del procedimiento y si han alcanzado o no algún acuerdo, sin especificar ningún otro dato.
Puedes ampliar esta información en el apartado Medios Adecuados de Solución de Controversias de JustiziaEus.